Los servicios de agua potable alcantarillado y saneamiento son unas de las demandas sociales de mayor importancia, ya que se trata de servicios vitales de primera necesidad del ser humano, en especial para la zona urbana, situación que hace necesario optimizar los servicios que proporciona el Organismo, a efecto de crear las instalaciones y sistemas que permitan satisfacer la demanda de los servicios
La Ley de Agua y su Reglamento para el Estado de México y Municipios establece las bases y el procedimiento de creación, estructuración, funcionamiento y las atribuciones de Organismos Públicos Descentralizados y Municipales para la Prestación de los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento.
Los Organismos a que se refiere esta Ley tendrán entre otras, las siguientes atribuciones: planear, construir, operar y mantener sistemas de agua potable, alcantarillado y saneamiento.
El día 18 de octubre de 1991 en la Gaceta de Gobierno del Estado de México mediante el decreto núm. 37 tomo CLII, GACETA núm. 78, se publicó la descentralización del Organismo Público para la Prestación de los Servicios de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Ecatepec de Morelos. La tónica a lo largo de las anteriores administraciones ha sido la misma, una muy endeble situación financiera, principalmente producto de la poca y declinante recaudación, que año con año se ve agravada. Pese a que se han implementado campañas dirigidas a mejorar la recaudación por pago de servicios, estas no han logrado el impacto esperado, ocasionando deficiencias en los servicios.